El estudio muestra como la doctrina o principio del doble efecto (DDE) de una acción con efecto secundario negativo no puede aplicarse a todos los casos de aborto terapéutico (AT). Con el análisis de las causas e indicación de AT se demuestra que solo algunos de estos corresponden a DDE. Cuando no es el feto el que lleva a la madre a tener un embarazo de alto riesgo con amenaza de daño severo o muerte para ella, el caso puede adscribirse a la DDE; cuando es el feto directa o indirectamente el
que causa a lleva a ese riesgo materno, el caso no se adscribe a la DDE. Si el feto es la causa de la muerte inminente de la madre, la remoción de la causa, que es la terapia adecuada, coincide con matarlo; entonces la acción buena (salvar a la madre tratándola causalmente) es la misma que la mala (matar al feto), situación que no puede asimilarse sea a la DDE o a la doctrina del mal menor. Más aún, decidir no interrumpir el embarazo produciría la muerte de la madre y el feto. El caso debería adscribirse al principio del único bien posible.
Palabras clave:
aborto terapéutico, doble efecto, ética, ética científica, único bien posible
Valenzuela, C. Y. (2016). Aproximación ética científica al doble efecto o único bien posible en el aborto terapéutico. Acta Bioethica, 22(2). Recuperado a partir de https://actabioethica.uchile.cl/index.php/AB/article/view/43755